2014-PARA EVITAR SANCIONES EN PESCA

2014-PARA EVITAR SANCIONES EN PESCA

* LOS ESPAÑOLES EMBARCADOS EN BUQUES DE UN TERCER PAIS DEBEN COMUNICARLO A LA   SECRETARIA GENERAL DE PESCA  ,

*  SE ESTAN PRODUCIENDO MUCHAS SANCIONES POR NO HABER REALIZADO ESTA COMUNICACION.

REAL DECRETO 1134/2002, de 31 de octubre, sobre aplicación de sanciones en materia de pesca marítima a españoles enrolados en buques con abanderamiento de conveniencia.

Artículo 4.Obligaciones de los titulados españoles.

Los titulados españoles que decidan ejercer sus atribuciones de mando en buques de un tercer país deberán comunicar a la Secretaria General de Pesca Marítima del Ministerio de Agricultura,Pesca y Alimentación, antes de su enrolamiento, el nombre del último buque de pabellón español en el que han estado enrolados, los datos de su tarjeta acreditativa y el nombre, matrícula y abanderamiento del buque de destino. En el supuesto de que este buque cambie de pabellón, o el titulado pase a ejercer sus atribuciones en otro barco, deberá, asi-mismo, comunicar los nuevos datos.

Articulo 3.Calificación de paises y territorios de abanderamiento de conveniencia.

1.-Los países y territorios a los que se atribuye la calificación de abanderamiento de convenien cia serán los calificados por las organizaciones regionales de ordenación pesquera (ORP) como no cooperantes en su área de regulación, de acuerdo con los criterios establecidos por dichas organizaciones.
2.-Los buques apátridas o sin nacionalidad tendrán, en todo caso, la consideración de buques con abanderamiento de conveniencia.

A través de estos dos enlaces puedes acceder al formulario.

Enviar el cuestionario a :

Secretaria General de Pesca
Dirección General de Ordenación Pesquera
C/ Velázquez, 144
28006-MADRID

Fax 91/ 347 60 54
Telf. 91/ 347 60 52

e-mail – depesmar@magrama.es