07 Sep Nuevo modelo de prácticas
Seleccionar mejor al profesorado para que cuente con una experiencia mínima a bordo, crear la figura del profesor especialista y regular las prácticas. Tres retos de la formación náutico-pesquera del mañana si queremos que sea más eficaz. Un artículo del profesor José Manuel Costas que se centra en el análisis del sistema de prácticas, proponiendo, como siempre, interesantes apuestas de futuro para la profesión.
José Manuel Costas Capelo
Catedrático de Navegación e Instalaciones Marinas.
Profesor jubilado del IES Universidad Laboral.-Socio de Honor de Aetinape
Es justo reconocer el gran impulso que ha recibido la enseñanza de la formación profesional en los últimos años en España y, por ende, la náutico-pesquera, tanto en relación con la estructura educativa, como en la actualización de currículos, la incorporación de medios personales, materiales y el uso de simuladores. Sin duda, todo ello ha situado la formación de nuestros alumnos en un lugar destacado dentro de la formación general en nuestro país. Sin embargo, quedan aspectos de vital importancia que requieren de una reforma sin la cual no es posible lograr la calidad que todos deseamos; entre ellos destacaríamos, por un lado, el modelo de selección del profesorado encargado de la docencia de los módulos de tecnologías específicas, al que no se exige la mínima experiencia profesional; ni siquiera competencia en ellas en el caso de los candidatos contratados; por otro, la acomodación en nuestro sistema educativo del profesor especialista con competencia para la impartición de los módulos de pesca marítima; y, por último, el proceso que rige las prácticas, tanto académicas como profesionales en la ley actual. El Anteproyecto de Ley Orgánica de Ordenación e Integración de la Formación Profesional, que está ahora en fase de estudio, es una oportunidad para resolver en parte las carencias que muestra la legislación hoy en vigor. Cabe destacar también, aunque en un contexto diferente, la situación de vacío legal en la que se encuentra el título de Capitán de Pesca dentro de nuestro sistema educativo, y que tendremos que afrontar más pronto que tarde. En esta ocasión dedicaremos nuestro interés, una vez más, a un problema que consideramos de vital importancia, como es el desenvolvimiento de las prácticas.
Empezaremos por recordar la estructura docente actual de los ciclos con el fin de ubicar en ella el conjunto de cambios que consideramos necesarios para resolver un buen número de ineficiencias que perjudican a todos: alumnos, armadores, institutos y a la propia Administración. Esta configuración la podemos resumir en los puntos siguientes:
Estructura actual de la formación
a) Formación en los centros docentes
■ Un primer curso escolar ordinario de 3 trimestres de duración
■ Un segundo curso escolar con una duración de 2 trimestres
b) Período de prácticas académicas
■ 380 horas en buques civiles realizadas en el tercer trimestre del 2º curso en el caso de los alumnos de puente.
■ 380 horas en buques civiles, o al menos la mitad en estos, y el resto en un taller naval apropiado, a lo largo del tercer trimestre del 2º curso en el caso de alumnos de máquinas.
c) Período de prácticas profesionales
Para la obtención del título de Patrón de Altura o Patrón de Litoral en buques pesqueros
■ Son necesarios 12 meses como alumno o marinero; en este último caso, al menos 6 meses deberán realizarse en actividades de la guardia de puente en buques de pesca de eslora no inferior a 12 metros, todo ello como parte de un programa de formación.
Para la obtención del título de Patrón de Altura o Patrón de Litoral en buques mercantes
■ Son necesarios 12 meses como alumno o marinero; en este último caso, al menos 6 meses deberán realizarse en actividades de la guardia de puente en buques mercantes de registro no inferior a 100 GT.
Para la obtención del título de Mecánico Mayor Naval o Mecánico Naval en buques pesqueros
■ Son necesarios 12 meses como alumno o marinero; en este último caso, al menos 6 meses deberán realizarse en actividades de la guardia de máquinas en buques civiles.
d) Prueba de idoneidad
■ Esta prueba de idoneidad de la competencia se celebra en los centros educativos una vez terminadas las prácticas profesionales.
La situación de las prácticas hoy
Las prácticas, tal y como se realizan actualmente, presentan tal cúmulo de problemas que requieren un cambio en profundidad con el fin de lograr una solución que revierta este estado de cosas. Al fin y al cabo, se trata de resolver el acceso de los alumnos a sus embarques reglamentarios y a los armadores a un mercado laboral más favorable que les permita completar las tripulaciones mínimas a que están obligados por ley sus buques. Estos son los aspectos más destacados de tal situación:
- En relación con las prácticas académicas
a) La tarea de la Administración, a través de los distintos gobiernos autonómicos, se limita a firmar un convenio con cada uno de los armadores que quieran colaborar, sin que asuma la responsabilidad de controlar las condiciones en que se llevan a cabo, a pesar de la tutoría que ha de nombrar el centro educativo. Este afronta una tarea, a veces hercúlea, en la que lo fundamental es conseguir la empresa naviera que acepte colaborar, y casi nada puede hacer en relación con la idoneidad del oficial que haya de ser el tutor del alumno a bordo a lo largo de sus prácticas. Por otro lado, nadie se pregunta por el nivel de confort del que disfrutará el alumno. La falta de incentivos a quienes tienen alguna misión en esta labor le da un cariz voluntarista que le resta, en el mejor de los casos, calidad y eficacia.
b) El período de prácticas no tiene la duración suficiente para que los pesqueros de gran altura y los mercantes puedan sentirse interesados en facilitar estas prácticas. Esta circunstancia tiene una gran importancia, entre otras cosas, porque de contar con ellos, incorporaríamos un sector fundamental por su número y su calidad tecnológica y de bienestar para los alumnos.
c) Las navieras mercantes han cerrado la escasa colaboración que prestaban a los alumnos procedentes de la formación profesional porque la actual ley de educación ha reducido las prácticas de tal manera que el período de embarque se ha reducido a no más de mes y medio y las empresas vienen exigiendo un período mínimo de tres meses para rentabilizar de alguna manera la atención personal que requieren cuando se incorporan a bordo.
d) Finalizadas con éxito estas prácticas, los alumnos obtienen su título académico, que no los incorpora aun al mercado de trabajo, ya que para ello han de estar en posesión de su título profesional que solo recibirán después de realizado un año de prácticas profesionales. Estas, a pesar de que ya el RD 973/2009 contempla la obligación de superar una prueba de idoneidad en los centros educativos de procedencia una vez finalizadas aquellas, la Resolución que dicta las procedimientos para la evaluación de la misma no fue aprobada hasta el 8 de marzo de 2019, por lo que hasta esa fecha estuvieron totalmente desvinculadas de los institutos de su formación. Actualmente, los Centros ya están obligados a convocar la prueba y nombrar el tribunal correspondiente entre su profesorado con el fin de su validación.
- En relación con las prácticas profesionales
a) Teniendo en cuenta que los alumnos no forman parte de la tripulación mínima reglamentaria, la mayor parte de los armadores consideran que estos vienen a ser una carga que no les compensa asumir. Sin embargo, un número reducido de ellos, con visión de futuro y un envidiable espíritu de colaboración, lo ven como una oportunidad para formar a quienes en el futuro serán sus propios oficiales. Es contradictorio comprobar cómo desde la desesperación que les produce la falta de relevo generacional no pongan los medios necesarios para favorecer su solución.
b) Por otro lado, considerando la extensión del período de prácticas, que obliga a los alumnos a una larga estancia a bordo, es necesario proporcionarles un nivel de confort compatible, al menos, con un mínimo de dignidad.
Propuesta de un nuevo modelo
Dicho lo anterior, proponemos un modelo que facilite los embarques a los alumnos para realizar sus prácticas, que garantice el deseado relevo generacional a los armadores, aligere las complejas tareas de los tutores de los centros educativos y evite a la Administración la mediación permanente en los conflictos que genera la actividad pesquera en relación con la carencia de titulados que padece este mercado de trabajo, devaluando el prestigio de algún que otro título menor aumentando sus atribuciones sin incluir mejoras en su currículo y poniendo en evidencia la seguridad marítima.
A este fin, proponemos la creación de un plan nacional que reúna en una comisión a los ministerios de Educación, de Fomento, de Agricultura y Pesca, y de las distintas asociaciones de armadores mercantes y de pesca. De estas negociaciones habría de surgir, en primer lugar, un acuerdo legislativo que permitiera unificar las prácticas académicas y profesionales en un período continuado de 12 meses, respetando obviamente los períodos de vacaciones reglamentarios: los 2 primeros se considerarían obligatorios para la obtención del título académico y los 10 restantes serían exigidos para obtener la tarjeta profesional. En segundo lugar, habilitar un fondo de ayuda a aquellos armadores que tuvieran la necesidad de acomodar sus barcos para la estancia a bordo de sus alumnos con el confort mínimo necesario.Y en último lugar, establecer el modo que se considere más conveniente para que los alumnos reciban una gratificación mensual durante su permanencia a bordo, bien sea a cargo del armador, que sería resarcido por el Estado mediante, por ejemplo, beneficios fiscales; o a través de becas del Ministerio de Educación y Formación Profesional.
Este modelo mantendría unificado el proceso por el que pasan los alumnos hasta que su título profesional los habilita para ejercer su profesión: prácticas académicas, prácticas profesionales y la prueba de idoneidad Además, quedarían protegidos durante el mismo por el control que ejercería su centro educativo, a través de un tutor, sobre el contenido y la calidad de sus prácticas y que el alumno recogería en su Libro de Registro de la Formación. Por último, previo a la obtención de su título profesional, su centro educativo convocaría la prueba de idoneidad nombrando el tribunal examinador entre miembros de su profesorado ante el cual los alumnos habrían de demostrar el conocimiento de las respectivas competencias adquiridas y normas de guardia contenidas en el Capítulo VIII del Convenio STCW y su código.